Mediante una enmienda del Senado se ha incluido en los Presupuestos del año que viene la eliminación de un artículo del Estatuto de los Trabajadores que permitía que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) pagase hasta ocho días por año de los despidos objetivos en las empresas de menos de 25 trabajadores.
La enmienda es la 2.997, y lo que hace es suprimir el artículo 33.8 del Estatuto, el que establecía hasta ahora que “en los contratos de carácter indefinido celebrados por empresas de menos de veinticinco trabajadores”, en caso de extinción del contrato por razones objetivas (económicas, técnicas…) o por quiebra de la empresa, “el Fondo de Garantía Salarial abonará al trabajador una parte de la indemnización en cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio”. En definitiva, una ayuda al despido pagada con un fondo que se nutre de cotizaciones empresariales.
La disposición, que desaparecerá el 1 de enero de 2014, ha estado recogida en el Estatuto desde 1984. Ahora, se elimina (según se lee en la justificación de la enmienda) para “recuperar para el FOGASA su naturaleza de entidad de aseguramiento